El nuevo poder Francés otorgado electrónicamente

Como consecuencia de la pandemia, distintos notariados europeos se han volcado en las nuevas tecnologías para poder seguir trabajando normalmente, a pesar del confinamiento o las medidas de distancia social. En realidad, el coronavirus ha anticipado medidas que ya estaban siendo socialmente demandadas y que aún no se habían desarrollado.

Ello se debía, sin duda, al delicado conflicto entre la seguridad jurídica y la innovación tecnológica aplicada a la actuación del notario: ¿Podrán las nuevas tecnologías permitir al notario la correcta identificación? ¿Podrá el Notario percibir adecuadamente si los intervinientes comprenden el acto o negocio en que intervienen? ¿Podrá el Notario percibir si los intervinientes se sienten presionados o si sufren algún tipo de coacción?  ¿Podrá el Notario seguir asesorando a las partes, y especialmente a la más débil, cuando el desequilibrio entre ellas sea evidente?

Sea como fuere, las nuevas tecnologías no deben ser extrañas al notariado del siglo XXI. De hecho, el notariado hace tiempo ya que utiliza cada día las nuevas tecnologías. No hace tanto nos sorprendía la posibilidad de firmar un poder en una notaría en Cádiz para que produjera efectos de forma inmediata en una notaría en Alicante, pues el notario de Cádiz, conectado con el notario de Alicante a través de una red electrónica segura, podía enviar al de Alicante una copia autorizada electrónica.

Hoy se trata de dar un paso más: el cliente no debe desplazarse a la notaría para firmar, sino que lo podrá hacer desde su casa.

España ha sido muy tímida en la utilización de las nuevas tecnologías durante la pandemia (reunión de socios a distancia en junta de socios). En España,  el Consejo de ministros tuvo la primera semana del confinamiento la posibilidad de aprobar un Real Decreto Ley que hubiese permitido firmar mediante videoconferencia testamentos en tiempo de epidemia, revocación de poderes, pólizas, etc., y que, por razones que no se alcanzan a comprender, no se atrevió a aprobar, remitiéndose a un proyecto futuro de regulación de la firma a distancia de Notarios y Registradores .

Sin embargo, Francia, en un Decreto, el nº2020-395 de 3 de abril, que marcará un hito en la historia del notariado francés, admitió por vez primera al Notariado el otorgamiento de escrituras públicas en soporte electrónico en que alguna de las partes o todas ellas no estuvieran ni presentes ni representadas. Bien es cierto que estableció esta medida sólo para que produjera efectos en una situación de crisis sanitaria como la que estábamos viviendo en aquel momento.

El nuevo paso lo ha dado, no obstante, un nuevo Decreto, el nº 2020-1422 de 20 de noviembre, que deja establecida, ahora ya con carácter permanente y no limitada a la situación de crisis sanitaria, el poder notarial a distancia en soporte electrónico. La identificación del poderdante deberá hacerse en forma tal que se garantice (y esperemos que así sea) la identificación, la integridad y la confidencialidad, con la intervención del Consejo Superior del Notariado. Al mismo tiempo que el cliente presta el consentimiento, firmará de forma electrónica el poder, quedando perfecto el documento cuando el notario lo autorice y lo firme, también de forma electrónica.

Desde el punto de vista de nuestro Notariado, y del Notariado latino en general (en el que se encuadran prácticamente todos los notariados europeos) el objetivo a conseguir es que no se vea dañada la actuación tradicional del Notario como asesor de las partes y garante de la legalidad; también se van a plantear problemas de competencia territorial a los que deberá hacerse frente,  disponiendo, por ejemplo, un sistema que sólo permita utilizar el sistema a los residentes o, quizá, simplemente, se considere suficiente que sólo pueda utilizarlo el que ya ha sido previamente identificado en forma presencial en esa notaría.

También es importante que el poder digital sea opcional y que el notario pueda denegar su actuación, a la vista de las circunstancias concurrentes en ese caso en particular. El tiempo lo dirá. Sea como fuere, el futuro llama a nuestra puerta y es imposible pararlo.

 

Autor: María de los Reyes Sánchez Moreno. Notaria de FSNotarios

Scroll al inicio