Si usted está a punto de vender, heredar o recibir en donación una vivienda o un local en Alicante, seguramente haya oído hablar de la «plusvalía municipal». Es, sin duda, uno de los impuestos que más dudas genera en el proceso de transmisión de un inmueble.
¿Qué es exactamente? ¿Quién debe pagarla? ¿Cómo ha afectado la reciente sentencia del Tribunal Constitucional? Y, sobre todo, ¿Qué gestiones se realizan en la notaría en relación con este impuesto?
En FS Notarios, creemos que un cliente bien informado toma mejores decisiones. Por ello, le explicamos de forma clara y precisa todo lo que necesita saber sobre el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) en Alicante.
¿Qué es Exactamente la Plusvalía Municipal?
La «plusvalía municipal» es el nombre común del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU).
Es un impuesto local, es decir, lo gestiona cada ayuntamiento (en nuestro caso, el Ayuntamiento de Alicante, o la entidad SUMA en muchos municipios de la provincia).
Como su nombre indica, este impuesto grava el incremento de valor que ha experimentado el suelo (y solo el suelo, no la construcción) de un inmueble urbano durante el tiempo que una persona lo ha tenido en propiedad, justo en el momento en que lo transmite.
¿Quién está Obligado a Pagar la Plusvalía Municipal?
La persona obligada al pago (el «sujeto pasivo») depende de cómo se transmita el inmueble:
- En una Compraventa: El obligado al pago es siempre el vendedor.
- En una Herencia: Los obligados al pago son los herederos.
- En una Donación: El obligado al pago es el donatario (la persona que recibe el bien).
¿Y si Vendo con Pérdidas o no hay Ganancia?
Esta es la gran pregunta tras las importantes sentencias judiciales de los últimos años. La respuesta es clara:
Si no existe un incremento real del valor del terreno, no se debe pagar la plusvalía municipal.
El Tribunal Constitucional declaró nulo el sistema de cálculo anterior porque obligaba a pagar incluso cuando se vendía con pérdidas. Hoy en día, si usted puede demostrar (normalmente comparando las escrituras de compra y de venta) que no ha obtenido una ganancia real con la transmisión del suelo, usted no está obligado a pagar este impuesto.

¿Cuál es el Papel del Notario en la Plusvalía Municipal?
Es fundamental entender la implicación de la notaría en este proceso. El notario no cobra ni calcula la liquidación final de este impuesto, pero su labor es una garantía de seguridad jurídica y cumplimiento de la ley.
La plusvalía municipal es un impuesto complejo cuya gestión ha cambiado significativamente. Aunque la liquidación final es una obligación personal del contribuyente (que puede gestionar por sí mismo o a través de una gestoría), la firma ante notario es el punto de partida que dota al proceso de total seguridad jurídica.
En FS Notarios, en Alicante, nos aseguramos de que usted comprenda todas las implicaciones de la operación y de que se cumplan todas las comunicaciones legales para que su transmisión se realice con éxito y conforme a la ley.
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