Información para hacer una donación ante notario

En la escritura de donación una persona transmite bienes y derechos a favor de otra que los acepta y recibe de forma totalmente gratuita. Es necesario liquidar los impuestos y en las donaciones de bienes inmuebles también es necesaria la inscripción en el Registro de la Propiedad.

En FS Notarios, podemos ayudarle con donaciones en notaría para que pueda operar con seguridad legal.

¿Quiere donar un bien?

El notario le explicará qué derechos y limitaciones tiene por ley si decide donar una parte o la totalidad de sus bienes, ya sean dinero, joyas, acciones, obras de arte… o inmuebles. Además el notario le aclarará si la ley le obliga o no a dejar una parte de sus bienes a sus legítimos herederos (hijos, padres, hermanos…), lo que podría hacer aconsejable que tome ciertas precauciones y limitaciones al hacer la donación. Este aspecto dependerá de las normas que regulen su herencia, ya sean del Derecho Civil Común o de los Derechos Civiles de la comunidad autónoma que corresponda.

El notario también puede informar sobre los impuestos a los que podría estar sujeta (o no) dicha donación, lo que dependerá de distintos factores, como:

  • El lugar donde usted resida.
  • La ubicación del bien o los bienes que desea donar.
  • El parentesco que le una con el donatario.
  • El valor de los bienes que desee donarle.
  • Los criterios fiscales de valoración.
  • El patrimonio que tenga el donatario.

El notario también le alertará de que las donaciones son revocables por diversas causas previstas en el Código Civil y en los Derechos civiles citados, como, por ejemplo, dejar de cumplir cualquier condición acordada o la ingratitud del donatario.

Una vez aclaradas todas sus dudas, si decide hacer la donación, el notario redactará la escritura pública conforme a su voluntad,  garantizando que se cumple la ley y la procedencia del bien o de los bienes donados.

Documentación necesaria para hacer una donación

Una donación requiere los siguientes documentos:

  • Documentos de identidad de las partes (DNI, pasaporte, tarjeta de residencia o NIE).
  • Título de propiedad del donante, como sería la compraventa previa o la escritura de herencia. En defecto de título, nota simple del Registro de la Propiedad.
  • Cualquier documento, si las partes lo desean, que acrediten el estado de los bienes donados y si existe o no alguna deuda.

Si tiene cualquier consulta no dude en contactar con nosotros. Estaremos encantados de ayudarle.

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