Obras Nuevas

Obras nuevas

Cuando usted construye un edificio o cuando lo construyó hace tiempo, puede tener interés en que se haga constar en el Registro de la Propiedad que este edificio existe.
Los requisitos para hacerlo dependen de la antigüedad de la construcción y también de la Comunidad Autónoma donde se encuentre. También el impuesto que corresponde pagar por la escritura de obra nueva puede variar dependiendo de la Comunidad y de circunstancias como, por ejemplo, que se trate o no de la vivienda habitual. El Notario le informará de todos los requisitos específicos que la ley le exige cumplir para la declaración de la obra y del impuesto que le corresponde pagar.

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