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COMPRAVENTAS INTERNACIONALES

En ocasiones, interviene en la escritura de compraventa un extranjero o un español no residente en España. En estos casos, es muy importante conocer el régimen económico matrimonial o de pareja que pueda corresponder al comprador y al vendedor, que puede ser el de otro país. También será importante el asesoramiento notarial acerca de la mejor forma de pagar el precio y de las especiales obligaciones fiscales que existen en tales casos. En esta notaría, hablamos varios idiomas en su beneficio y nos hemos especializado en Derecho Comparado e Internacional Privado para ayudarle.

 

HERENCIAS INTERNACIONALES

Es frecuente que en una herencia el fallecido sea extranjero o residente fuera; o que lo sean los herederos; o que haya bienes en varios países. La herencia internacional es muy compleja, pues es necesario tomar en cuenta muchos factores: si los bienes pertenecían  a una comunidad matrimonial, qué Derecho se aplica a la herencia, si se ha hecho testamento en otro país o no y dónde y con arreglo a qué legislación fiscal hay que pagar impuestos. A resolver todas estas cuestiones le ayudará nuestra notaría, que tiene una gran experiencia en la tramitación de herencias internacionales y contactos con los notarios de otros países para ayudarle en un momento tan delicado.

 

PODERES INTERNACIONALES

Puede ocurrir que usted tenga que firmar una escritura en otro país o que tenga que firmar por otra persona en España utilizando un poder de otro país. Los poderes requieren en España requisitos distintos a los que pueden pedirse en otros países. En nuestra notaría le ayudaremos a redactar su poder, si va a producir efectos en otro país, de la forma adecuada para que sea aceptado. Y ayudaremos a su notario en otro país a que redacte el poder de manera que sea válido en España. 

 

INFORMES SOBRE LEGISLACIÓN (LEGAL OPINION)

En asuntos complejos que se estén tramitando en otro país puede ocurrir que se aplique el Derecho español y se le pida a usted que acredite su contenido, bien para que lo comprenda y aplique el notario o un juez extranjero, o bien un Banco o la Administración de ese otro país. En estos casos, puede contar con nuestra experiencia. También podremos ayudarle si tiene que probar en España (por ejemplo, ante un Registro español) el Derecho de otro país, a lo que sirve nuestra especialización en  Derecho Comparado.

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